Pasaporte/DNI: Todos los viajeros, incluidos los menores de edad, deberán ser portadores de un pasaporte con datos biométricos para viajar a EEUU dentro del programa de exención de visados.
Visado: Visado / Autorización electrónica previa (ESTA):
Los españoles que se desplacen a EEUU por turismo o negocios están exentos, en virtud del programa de exención de visados en el que está incluida España, de la obtención de un visado, debiendo, en cambio, completar en línea el formulario de autorización de viaje (ESTA) - https://esta.cbp.dhs.gov/. Si tiene dudas sobre si necesita o no un visado, consulte la página web de la Embajada de los Estados Unidos en España https://es.usembassy.gov/es/
La solicitud del ESTA se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje. El Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud no menos de 72 horas antes de viajar. La autorización del ESTA es válida por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante, si lo hace antes de dos años. El período de estancia máxima en EE.UU es de 90 días.
El 21 enero de 2016 entraron en vigor una serie de excepciones al programa de exención de visados. En consecuencia, las personas que hayan viajado a Irán, Irak, Sudán, Siria, Libia, Somalia y Yemen (desde 1 marzo 2011) o tengan la doble nacionalidad española y de alguno de estos países, NO podrán viajar con un documento ESTA.